Ediles de JUNTOS POR EL CAMBIO se presentaron en amparo contra EDESUR
Los Concejales del Bloque de Juntos por el Cambio de Berazategui se presentaron en el amparo contra EDESUR como ‘Amicus Curiae’ solicitando se otorgue de modo “urgente” una medida cautelar para que la empresa cuestionada asegure el servicio eléctrico en el distrito de Berazategui.
Los concejales Nancy Vivas, Diana Paterno, Juan Carlos Cáceres, Julian Amendolagine, y el Dr. Dante Morini, todos pertenecientes al Bloque de Juntos por el Cambio (JxC), se presentaron en la causa, patrocinados por éste último nombrado, para solicitar se haga lugar a la medida cautelar pedida por el abogado de la Municipalidad de Berazategui Dr. Salvioli.
En el escrito ingresado por los concejales de Juntos, afirman que “ante la delicada y acuciante situación de todos los habitantes de la ciudad, por los prolongados y reiterados cortes de energía eléctrica de la demandada EDESUR, venimos a adjuntar la ordenanza 6309 de fecha 10-3-2023 donde el Honorable Concejo Deliberante convalidó el Decreto Municipal nº 393/23 de fecha 9-3-23 mediante el cual se declaró el ‘Estado de Emergencia Energética’ en el Partido de Berazategui, en virtud de las continuas y prolongadas interrupciones del Servicio Público de energía eléctrica”.
“Consecuentemente nos adherimos al pedido del abogado apoderado de la Municipalidad y solicitamos el urgente dictado de la medida cautelar pedida en el escrito inaugural de esta acción de amparo como pronto despacho”, y por último los ediles peticionan que se los “tenga por presentados en carácter de Amicus Curiae”.
Presentacion judicial
JUZGADO FEDERAL DE QUILMES –SECRETARIA CIVIL 6.- EXPTE 9747/2023SE PRESENTANCONCEJALES COMO AMICUS CURIAE. ADJUNTAMOS ORDENANZA DE FECHA 10-3- 2023. SE DICTE URGENTE MEDIDA CAUTELAR SOLICITADA POR LA MUNICIPALIDAD DE BERAZATEGUI. -Sr. JUEZ FEDERAL DE QUILMES:NANCY EDITH VIVAS DNI 21.174.889, DIANA ELIZABETH PATERNODNI 24.873.326, JUAN CARLOS CACERES, DNI 12.471.287, JULIAN AMENDOLAGGINE, DNI 33.206.238, DANTE GABRIEL MORINI, DNI 25.121.047, todos los concejales con el patrocinio del último de los nombrados abogado inscripto a la matrícula Federal Tomo 603, folio 309 de la Cámara Federal de La Plata, constituyendo domicilio electrónico 20251210471, y físico en calle Alvear 498 casillero 64 bis de Quilmes, en autos caratulados “MUNICIPALIDAD DE BERAZATEGUI C/ EMPRESA DISTRIBUIDORA SUR S.A (EDESUR) S/AMPARO LEY 16.986” (EXPTE FLP 009747/2023), a V.S respetuosamente nos presentamos y decimos:Que en nuestro carácter de concejales, y en virtud de la representación constitucional de los vecinos de Berazategui venimos a presentarnos y tomar intervención.Ante la delicada y acuciante situación de todos los habitantes de la ciudad, por los prolongados y reiterados cortes de energía eléctrica de la demandada EDESUR. Venimos a adjuntar la ordenanza 6309 de fecha 10-3-2023 donde el Honorable Concejo Deliberante convalidó el Decreto Municipal nº 393/23 de fecha 9-3-23 mediante el cual se declaró el Estado de Emergencia Energética en el Partido de Berazategui, en virtud de las continuas y prolongadas interrupciones del Servicio Público de energía eléctrica.Consecuentemente nos adherimos al pedido del abogado apoderado de la Municipalidad y solicitamos el urgente dictado de la medida cautelar pedida en el escrito inaugural de esta acción de amparo como pronto despacho.Por todo lo antes expuesto peticiono que se nos tenga por presentados en carácter de Amicus Curiae.-TENER PRESENTE Y PROVEER DE CONFORMIDAD, SERA JUSTICIA.
La medida cautelar no se hizo esperar, y con la firma del Juez Federal Dr. Luis Armella, se resolvió “hacer lugar a la medida cautelar solicitada, ordenando a EDESUR SA la instrumentación y ejecución de un programa de emergencia conducente a la inmediata normalización del servicio eléctrico con la infraestructura existente a la fecha y los mecanismos provisorios que resulten conducentes a dicho fin, hasta tanto se resuelva definitivamente el proceso, bajo apercibimiento en caso de incumplimiento de aplicarle sanciones conminatorias y la posible incursión en el delito previsto en el artículo 239 del Código Penal, el que será comunicado a la Fiscalía Federal de Quilmes”.
Además, se le requiere a la empresa demandada “informes quincenales detallando el cumplimiento de la provisión del servicio eléctrico sin cortes ni interrupciones”, al mismo tiempo que se cita al Ente Nacional Regulador de Energía (ENRE) para que elabore “un informe circunstanciado sobre los antecedentes y fundamentos de la medida atacada, así como todo otro dato de interés para la dilucidación de la causa, el que deberá ser evacuado a en el término de cinco (5) días”.