Ataque a Cristina Kirchner: la jueza rechazó secuestrar el celular de Gerardo Milman por no estar imputado
Se levantó el secreto de sumario en la causa que investiga el atentado a la Vicepresidenta y ordenaron analizar el nuevo teléfono secuestrado de una de las asesoras del diputado
La causa por el atentado a la vicepresidenta Cristina Kirchner deberá definir en los próximos días si se manda a juicio a los tres detenidos por el intento de homicidio. Pero mientras tanto, la discusión por estas horas pasa por el avance de la llamada pista Casablanca, abierta desde que un asesor legislativo del Frente de Todos dijo 20 días después del atentado que oyó al diputado Gerardo Milman decir 48 horas antes del hecho “cuando la maten yo estoy camino a la costa”.
Y ahora la novedad pasa porque el fiscal federal Carlos Rívolo solicitó el secuestro del celular del allegado a Patricia Bullrich luego de una nueva declaración de una asesora del diputado que contó cómo le habían borrado el teléfono. La jueza María Eugenia Capuchetti, sin embargo, le dijo que no: aseguró que en base a la propia postura del Ministerio Público Milman no está imputado, que hay un criterio restrictivo para investigar las comunicaciones de legisladores y que para secuestrarle el teléfono se necesitaría un proceso de desafuero.
“Por todo lo expuesto, no ha lugar a la medida de secuestro del celular del Diputado Nacional Gerardo Milman”, sostuvo Capuchetti en la resolución a la que accedió Infobae, luego de de enumerar que “los datos objetivos incorporados con la nueva declaración de la testigo solo ahondan en sus inconsistencias relativas a los detalles del borrado del teléfono, circunstancia ya conocida en autos y valorada por el Ministerio Público Fiscal (MPF) oportunamente, sin que se brinden nuevos datos relativos a los hechos aquí investigados”.
La jueza federal María Eugenia Capuchetti y el fiscal Carlos Rívolo el día que le tomaron declaración a Cristina Kirchner en su casa, horas después del ataque (Maximiliano Luna)
Según la jueza, “el cuadro probatorio con el que se cuenta no permite superar los tamices de necesidad, adecuación y proporcionalidad demarcados por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que operan como principios rectores para decidir sobre la procedencia de una injerencia del tenor de las solicitadas”.
Pero, además, la magistrada reseñó que para hacer lugar al secuestro del teléfono de un diputado o “toda otra diligencia relativa a sus ‘comunicaciones’, como ser obtener el registro de llamadas entrantes y salientes, deberá efectuarse mediante una solicitud formulada ante la comisión de Asuntos Constitucionales de la Cámara de Diputados por la posible comisión de un ilícito penal en cabeza del legislador”. Fuente Infobae