Morini expone en el HCD berazateguense el argumento a la oposiciòn a ordenanza
El Concejal Dante Morini argumentó su oposición junto con el Bloque JxC a la modificación del inciso A del Articulo 3 de la Ordenanza 6206/22 que «extiende de 50 a 150 metros la exigencia de la firma en conformidad de los vecinos del inmueble que se pretende habilitar».
En la sesión anterior, Morini ya había advertido y dejado constancia de las oposiciones y modificaciones que había que efectuarle para sancionar la ordenanza, sin embargo, la mayoría que cuenta el oficialismo, sancionó la misma haciendo caso omiso a las propuestas de la oposición. Quince días después, el HCD vuelve sobre la misma Ordenanza para modificarle el inciso, y repitiendo el mismo hábito, no permitir a la a los concejales de la oposición incluir modificaciones de vital importancia.
A continuación damos a conocer la versión taquigráfica de la 9° Sesión Ordinaria con fecha 07-07-2022 donde el Concejal Dante Morini manifestó su oposición a la sanción de la mencionada Ordenanza 6206/22.
Sr. PRESIDENTE (Romio).- En consideración.
Tiene la palabra el señor concejal Morini. Sr. MORINI.-
Señor presidente: adelanto que el bloque de Juntos por el Cambio no acompañará el presente despacho, en virtud de que entiende que toda norma del estado municipal debe cumplir razonablemente con un control de constitucionalidad. Esta ordenanza constituye un avasallamiento sobre la libertad individual y la propiedad privada, ya que establece un poder de policía desmedido del estado municipal en torno de fiestas privadas que pueden realizarse en casas particulares o casas quintas. El Estado tiene todas las herramientas necesarias, si detecta que en una casa particular se hace una fiesta con venta de entradas. Consideramos que no es necesario dictar una ordenanza por la que todos los vecinos según versa el proyecto deberán prestar su conformidad para la realización de una fiesta. Imagínese usted, señor presidente, una fiesta familiar o un cumpleaños de quince con invitados en una propiedad privada. Por esta ordenanza, el estado municipal intervendría con el poder de policía que se le otorga, facultado por la Municipalidad, para efectuar un control e interrumpir una fiesta en una casa particular. Por lo tanto, entendemos que esta ordenanza es peligrosa, no cumple con un control de constitucionalidad y otorga un desmedido poder de policía en torno de las fiestas privadas que puedan llevarse a cabo en las casas quintas o en las viviendas de los vecinos de Berazategui. Por los motivos expuestos, adelanto que no acompañaremos el presente expediente. Sr. PRESIDENTE (Romio).- Se va a votar. – Se vota y aprueba en general y en particular.
Sr. PRESIDENTE (Romio).- Queda sancionada la ordenanza 6.206. Por Secretaría se dará lectura del despacho número 2 de la Comisión de Derechos y Garantías en el proyecto de ordenanza por el que se instituye la capacitación en buen trato a personas mayores, destinada a todos los trabajadores que se desempeñen en el ámbito público municipal, en todas sus funciones y jerarquías, en forma permanente o transitoria, ya sea por cargo electivo, designación directa, concurso o cualquier otro medio legal, referido a los poderes Ejecutivo y Legislativo, y cuestiones conexas (expediente 5.849-HCD-22).